viernes, 4 de mayo de 2018

Matrimonio - Emiliano Jiménez


Emiliano Jiménez Hernández - Bioética

1. LA VIDA DON DE DIOS

5. MATRIMONIO


El matrimonio, como comunidad de amor, se expresa en la relación y donación total de los esposos; el gesto sexual entre ellos es expresión de la unidad, que el amor crea entre los dos. Esta entrega mutua en el amor es portadora de fecundidad, como superabundancia de amor, que se desborda de los dos, creando una nueva vida, expresión e icono de su unidad en el amor: el hijo. Como dice bellamente la Humanae Vitae, el amor conyugal, por su propia verdad interna y por su especificidad, está abierto a la vocación paterna:

Este amor es fecundo porque no se agota en la comunión entre marido y mujer, sino que está destinado a continuar, dando origen a nuevas vidas (n.9).

                Juan Pablo II ha repetido en sus discursos por todo el mundo esta visión sobre el matrimonio y el amor conyugal. Y en su carta Familiaris consortio, la recoge, actualizándola y presentándola, además, como fruto del Sínodo de los obispos sobre la "Misión de la familia cristiana en el mundo actual":
Según el designio de Dios, el matrimonio es el fundamento de la comunidad más amplia de la familia, ya que la institución misma del matrimonio y el amor conyugal están ordenados a la procreación y educación de la prole, en la que encuentran su coronación.
En su realidad más profunda, el amor es esencialmente don, y el amor conyugal, a la vez que conduce a los esposos al recíproco conocimiento que les hace una sola carne, no se agota dentro de la pareja, ya que los hace capaces de la máxima donación posible, por la que se convierten en cooperadores de Dios en el don de la vida a una nueva persona humana. De este modo los cónyuges, a la vez que se dan entre sí, dan más allá de sí mismos la realidad del hijo, reflejo viviente de su amor, signo permanente de la unidad conyugal y síntesis viva e inseparable del padre y de la madre.
Al hacerse padres, los esposos reciben de Dios el don de una nueva responsabilidad. Su amor paterno está llamado a ser para los hijos el signo visible del mismo amor de Dios, del que proviene toda paternidad en el cielo y en la tierra.[1] Sin embargo, no se debe olvidar que, incluso cuando la procreación no es posible, no por eso pierde su valor la vida conyugal. La esterilidad física, en efecto, puede dar ocasión a los esposos para otros servicios importantes a la vida de la persona humana, como por ejemplo la adopción, las diversas formas de obras educativas, la ayuda a otras familias, a los niños pobres o minusválidos (n.14).

                La familia cristiana vive la adopción desde su fe. Así como su vida conyugal es reflejo del amor nupcial de Cristo y la Iglesia, la adopción se hace espejo del amor adoptivo de Dios Padre en Cristo a su pueblo. En la adopción manifiestan el amor de Dios Padre, que en su Hijo nos ha adoptado como hijos suyos.[2]
            La concepción cristiana del matrimonio y de la familia se basa en el orden mismo de la creación. En efecto, "Dios no creó al hombre en solitario. Desde el principio los hizo hombre y mujer y su unión constituye la expresión primera de la comunión de personas" (GS 12). En consecuencia, leemos en la Familiaris Consortio:
La sexualidad, en la que el hombre y la mujer se dan el uno al otro con los actos propios y exclusivos de los esposos, no es algo puramente biológico, sino que afecta al núcleo íntimo de la persona en cuanto tal. Ella se realiza de modo verdaderamente humano solamente cuando es parte integral del amor con el que el hombre y la mujer se comprometen totalmente entre sí hasta la muerte. La donación física total sería un engaño si no fuese signo y fruto de una donación en la que está presente toda la persona, incluso en su dimensión temporal; si la persona se reservase algo o la posibilidad de decidir de otra manera en orden al futuro, ya no se donaría totalmente. Esta totalidad, exigida por el amor conyugal, corresponde también con las exigencias de una fecundidad responsable, la cual, orientada a engendrar una persona humana, supera por su naturaleza el orden puramente biológico y toca una serie de valores personales, para cuyo crecimiento armonioso es necesaria la contribución durable y concorde de los padres.
El único lugar que hace posible esta donación total es el matrimonio, es decir, el pacto de amor conyugal o elección consciente y libre, con la que el hombre y la mujer aceptan la comunidad íntima de vida y amor, querida por Dios mismo, que sólo bajo esta luz manifiesta su verdadero significado (FC 11).

                La sexualidad conyugal constituye la expresión del don definitivo que el cónyuge hace de sí mismo al otro y, por consiguiente, establece una comunión interpersonal total e indisoluble entre los esposos. La unión sexual es la expresión de una previa unión afectiva y espiritual, por la que hombre y mujer se entregan mutuamente de un modo total, exclusivo y definitivo. Siendo la sexualidad una dimensión que implica a la persona humana en su totalidad, la donación física sería falsa y egoísta si no respondiese a una previa donación afectiva y espiritual completa, de la que se excluye todo tipo de reserva presente y futura.

            La indisolubilidad del matrimonio no es otra cosa que la expresión de la exigencia de fidelidad que brota del auténtico amor conyugal, de la alianza personal de los esposos, del bien de los hijos y de la dimensión social del matrimonio, que rebasa los intereses privados de los cónyuges. Por ello, en el plan de Dios, el vínculo conyugal del matrimonio queda substraído a la voluntad privada de los esposos, por ser intrínsecamente indisoluble.

            El matrimonio, además, no sólo pertenece al orden de la creación, sino que ha sido incorporado por Dios al orden mismo de la salvación de Cristo. Por ello, la unión matrimonial "en el Señor" reviste para el creyente un significado y valor especial. Su estabilidad e indisolubilidad son un don de Cristo que garantiza la unión en el amor, destruyendo las barreras de separación que amenazan a los esposos en su convivencia diaria. El matrimonio de los cristianos se hace, de este modo, sacramento que actualiza y visibiliza en los esposos la unión inefable, el amor fidelísimo y la entrega irrevocable de Cristo a su esposa, la Iglesia (Ef 5,22ss).

            En el matrimonio cristiano, como participación de esta unión misteriosa de Cristo con la Iglesia, marido y mujer están llamados -y posibilitados- a amarse entre sí con una fidelidad que es manifestación de la fidelidad de Cristo. La unión conyugal consuma la sacramentalidad del matrimonio, símbolo vivo de la comunión entre Dios y los hombres y entre Cristo y su Iglesia.

            Cuando un hombre y una mujer contraen matrimonio se entregan el uno al otro para realizar, al servicio del reino de Dios, su comunión de vida y amor. Su entrega mutua, sin reservas respecto al porvenir, es manifestación del don total y en común de sí mismos a Dios. Esta entrega de los esposos cristianos a Dios es respuesta al don irrevocable de Dios a los hombres en Cristo. El consentimiento matrimonial de los cristianos es una palabra dada a Dios y aceptada por El para siempre.

            La indisolubilidad del vínculo sacramental está, pues, en estrecha conexión con la realidad del ser cristiano y con lo irrevocable y definitivo del don de Dios al hombre. La unión conyugal de los cristianos es, por tanto, indisoluble y exige fidelidad mutua no sólo por razón del bien de los cónyuges, de los hijos y de toda la sociedad humana, sino principalmente por la condición sacramental del matrimonio cristiano.

            Los esposos cristianos, dada su condición de miembros de Cristo, no se pertenecen a sí mismos, sino al Señor. Por el sacramento del matrimonio, su amor conyugal es asumido por el amor divino, están fortificados y como consagrados para cumplir su misión conyugal familiar.[3]
            Un nuevo criterio fundamental para la bioética, puede ser formulado con la Gaudium et spes:
Al tratar de armonizar el amor conyugal y la transmisión responsable de la vida, la moralidad de la conducta no depende solamente de la rectitud de la intención y de la valoración de los motivos, sino de criterios objetivos deducidos de la naturaleza de la persona y de sus actos, que respetan el sentido íntegro de la mutua donación y de la procreación humana, en un contexto de amor verdadero (n.51).

                Apoyándose en este texto, concluye la Donum Vitae:

La procreación humana presupone la colaboración responsable de los esposos con el amor fecundo de Dios; el don de la vida humana debe, por tanto, realizarse en el matrimonio mediante los actos específicos y exclusivos de los esposos, de acuerdo con las leyes inscritas en sus personas y en su unión (n.5).



     [1] Cfr EV 92.
     [2] Cfr EV 93; T. GOFFI, Adopción en DETM, p. 22-31.
     [3] Nota de la Com. Episcopal Española para la doctrina de la Fe, del 7-5-77, n. 9-11.

No hay comentarios:

Publicar un comentario